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Cómo declarar tus criptomonedas en la renta

Vender, cambiar una cripto por otra o cobrar recompensas de staking tiene consecuencias en el IRPF. Esta guía resume qué hay que declarar y cómo se calcula.

Por David Sebastián García Formazyn, abogadoActualizado: octubre de 20263 min de lectura
Herramienta gratuita

Calcula el IRPF de tu ganancia

Escala del ahorro 2026: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % a partir de ahí. Orientativo: no incluye compensación de pérdidas ni otras circunstancias.

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19 %0 €
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23 %0 €
27 %0 €
30 %0 €

Cuándo hay que declarar

En el IRPF, la ganancia o pérdida aparece cuando transmites la criptomoneda. Las situaciones habituales son:

  • Vender criptos a cambio de euros u otra moneda.
  • Cambiar una criptomoneda por otra (permuta): según la Dirección General de Tributos, también genera ganancia o pérdida.
  • Pagar bienes o servicios con criptomonedas.

Mantener las criptos sin moverlas no genera ganancia en la renta.

Cómo se calcula: el método FIFO

La ganancia es la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición, incluidas las comisiones. Cuando has comprado la misma criptomoneda en varios momentos, la DGT aplica el criterio FIFO: se entiende que vendes primero las unidades que compraste primero.

¿Prefieres que lo revise un abogado?

Analizo tu caso concreto y te propongo un plan por escrito con honorarios cerrados. En español, alemán o inglés.

Los tipos del ahorro en 2026

Las ganancias por transmisión de criptomonedas se integran en la base del ahorro, con esta escala:

  • Hasta 6.000 €: 19 %
  • De 6.000 a 50.000 €: 21 %
  • De 50.000 a 200.000 €: 23 %
  • De 200.000 a 300.000 €: 27 %
  • Más de 300.000 €: 30 %

Staking, airdrops y otras rentas

Las recompensas de staking suelen tratarse, según el criterio de la DGT, como rendimientos del capital mobiliario. Los airdrops y otras operaciones tienen su propio tratamiento según el caso. Es una de las áreas donde más errores se cometen, por lo que conviene revisarlo con detalle.

Pérdidas

Las pérdidas patrimoniales se pueden compensar con ganancias de la base del ahorro y, con límites, con rendimientos del capital mobiliario. Lo que no se compense se puede arrastrar a los cuatro años siguientes. Ojo con la regla que impide computar pérdidas si recompras valores homogéneos en un plazo corto, cuya aplicación a las criptomonedas conviene analizar en cada caso.

Por qué ahora es más importante

Desde el 1 de enero de 2026, con la directiva DAC8, los proveedores de servicios de criptoactivos de la UE recopilan la información de sus clientes para comunicarla a las administraciones tributarias. Hacienda tendrá cada vez más datos para cruzar con tu declaración. Lee nuestra guía sobre DAC8.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar si he perdido dinero?

Sí, conviene declarar las pérdidas: permiten compensar ganancias de este año y de los cuatro siguientes.

¿Pasar de USDT a BTC tributa?

Sí. Es una permuta entre criptomonedas y genera ganancia o pérdida según la DGT.

¿Qué pasa si no declaré criptos en años anteriores?

Se puede regularizar mediante declaraciones complementarias, normalmente con recargos menores que las sanciones de una inspección.

Información general actualizada a octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.

Lo que no se planifica, se pierde.

Una conversación basta para saber dónde estás.